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Ahorro Rindediario

Ofrecido para todos los asociados persona natural o jurídica. Liquidación de intereses diarios.


Beneficios


  • Gratis primera tarjeta débito y/o libreta de ahorros.
  • No cobro de la cuota de manejo con la Tarjeta Débito.
  • No cobro del 4x1.000.
  • Los depósitos son inembargables hasta por la cuantía fijada por la ley vigente.
  • Débito automático de la cuenta de ahorros para pago de cuotas de crédito o productos de ahorro.
  • Gratis expedición de extractos de cuenta por medios virtuales.
  • Gratis Seguro Accidentes Estudiantiles o Protege a su Familia según aplique.
  • Operaciones en línea entre Sucursales de Crediservir sin ningún costo.
  • Disponibilidad inmediata de su dinero.
  • Manejo de retiros a través de libreta de ahorros o tarjeta débito.


Requisitos


Requisitos de apertura PERSONA NATURAL

  • Valor mínimo de deportes sociales: $ 234.000
  • Ser mayores de 14 años
  • Presentar documento de identidad original.
  • Dirección y teléfono de residencia.
  • Si es ASALARIADO: Dirección de trabajo, desprendible de pago o constancia de
  • trabajo que indica (antigüedad, carga, sueldo, tipo de contrato)
  • Presentar declaración de Renta (Si declara)

Nota: Los solicitantes entre 14 y 17 años de edad deben presentarse con el apoderado (madre, padre, tutor o albacea) con documento de identidad original.

 

Requisitos de apertura PERSONA JURÍDICA

 

Sin ánimo de lucro:

  • Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, con vigencia inferior a 15 días.
  • Fotocopia del RUT o NIT provisional de la DIAN,
  • Fotocopia actualizada de los Estatutos.
  • Fotocopia del documento de identidad del representante legal y de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta.
  • Parte pertinente del acta donde el máximo órgano de Administración autoriza la apertura de la cuenta y que indique: nombre de la entidad donde autorizan la apertura de la cuenta, nombre de las personas autorizadas para el manejo con su respectivo cargo, cantidad de firmas autorizadas para el registro (máximo dos), sellos a utilizar (sello seco y/o sello húmedo). Lo anterior si el representante legal no tiene atribuciones para ello (según aplique).
  • Estados financieros
  • Declaración de renta del último período gravable disponible a excepción de los que no están obligados a presentarla (artículos 22 y 598 del estatuto tributario).
  • Diligenciar formato indicando la existencia o no de accionistas o asociados que posean una participación superior al 5% del capital social, adjuntando el listado de los mismos con nombre, número de documento de identificación y porcentaje de participación, firmada por el Revisor Fiscal (si tiene ) o en su defecto por el representante legal (según aplique).

 

MIPYMES:

Son micro, pequeñas y medianas empresas que se constituyen como cualquier tipo de sociedad mercantil reconocido en el Código de Comercio Colombiano dentro de las cuales se encuentran: sociedades anónimas, limitadas, colectivas, en comandita, en comandita simple y por acciones.

  • Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad. competente, con vigencia inferior a 15 días.
  • Fotocopia del RUT o NIT provisional de la DIAN.
  • Fotocopia actualizada de los Estatutos.
  • Fotocopia del documento de identidad del representante legal y de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta.
  • Parte pertinente del acta donde el máximo órgano de Administración autoriza la apertura de la cuenta y que indique: nombre de la entidad donde autorizan la apertura de la cuenta, nombre de las personas autorizadas para el manejo con su respectivo cargo, cantidad de firmas autorizadas para el registro (máximo dos), sellos a utilizar (sello seco y/o sello húmedo). Lo anterior si el representante legal no tiene atribuciones para ello (según aplique).
  • Estados Financieros.
  • Declaración de renta del último periodo gravable disponible a excepción de los que no están obligados a presentarla (artículos 22 y 598 del estatuto tributario).
  • Diligenciar formato indicando la existencia o no de accionistas o asociados que posean una participación superior al 5% del capital social, adjuntando el listado de los mismos con nombre, número de documento de identificación y porcentaje de participación, firmada por el Revisor Fiscal (si tiene) o en su defecto por el representante legal (según aplique).
  • Certificación expedida por el Contador Público y/o Revisor Fiscal (si están obligadas a tenerlo) o Representante Legal, que acredite el tamaño empresarial donde conste el valor de los ingresos por actividades ordinarias a 31 de diciembre del año inmediatamente anterior o los obtenidos durante el periodo de operación.


Tasas


0.50% E.A.



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