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Asóciese

Crediservir por su naturaleza cooperativa, propende por el bienestar de la base social, ofrece dentro del amplio portafolio de servicios financieros, estímulos adicionales que generan recíprocamente desarrollo económico a los asociados con los rendimientos de la entidad.

 

Al asociarse a la Cooperativa, las personas reciben los servicios y beneficios que ofrece, los cuales están orientados a mejorar la calidad de vida, ofrecer bienestar y darle oportunidades a los asociados y sus familias.

Beneficios de ser asociado

 

Soy dueño de la Cooperativa.

Mis ahorros están seguros y protegidos.

Cordial atención y servicio al asociado.

Los créditos que ofrece la Cooperativa ayudan a crecer al asociado.

Convenios de descuento para los asociados y su grupo familiar.

Ofrece transacciones virtuales y presenciales.

Crediservir protege y cuida el medio ambiente.

Incentiva el ahorro en niños y jóvenes.

Apoyo al arte, la cultura y el deporte.

Crediservir hace sus sueños realidad.

 

Requisitos para asociarse a Crediservir

 

Las personas naturales o jurídicas que deseen ingresar a Crediservir como asociados, deberán cumplir los siguientes requisitos:

 

personas naturales

  • Monto de apertura $234.000
  • Ser mayor de 14 años.
  • Presente el documento de identidad original.
  • Dirección y teléfono de residencia.
  • Si es asalariado: dirección de trabajo, desprendible de pago o constancia de trabajo que indica (antigüedad, cargo, sueldo, tipo de contrato).
  • Fotocopia de la declaración de alquiler (si declara).
  • Los solicitantes entre 14 y 17 años de edad deben presentarse con el apoderado (madre, padre, tutor o albacea) con documento de identidad original.

 

Persona Jurídica

  • Entidades sin ánimo de lucro.
  • Monto de apertura $468.000
  • Certificado de existencia y representación legal expedido por la autoridad competente, con vigencia inferior a 15 días.
  • Fotocopia del RUT o NIT provisional de la DIAN.
  • Fotocopia actualizada de los estatutos.
  • Documento de identidad del representante legal y de las personas autorizadas para el manejo de la cuenta.
  • Parte pertinente del acta donde el máximo órgano de Administración autoriza la apertura de la cuenta y que indique: nombre de la entidad donde autorizan la apertura de la cuenta, nombre de las personas autorizadas para el manejo con su respectivo cargo, cantidad de firmas autorizadas para el registro (máximo dos), sellos a utilizar (sello seco y/o sello húmedo). Lo anterior si el representante legal no tiene atribuciones para ello.
  • Estados Financieros
  • Pagar y mantener como mínimo en aportaciones sociales el valor que anualmente reglamenta el Consejo de Administración.
  • Declaración de renta del último período gravable disponible a excepción de los que no están obligados a presentarla (artículos 22 y 598 del estatuto tributario).
  • Oficio indicando la existencia o no de accionistas o asociados que posean una participación superior al 5% del capital social, adjuntando el listado de los mismos con nombre, número de documento de identificación y porcentaje de participación, firmada por el Revisor Fiscal (si tiene) o en su defecto por el Representante Legal.